Seguros
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Vehículos y flotas
El seguro para vehículos y flotas es como un escudo protector diseñado específicamente para cubrir los riesgos asociados con la propiedad y operación de vehículos, ya sea uno solo o una flota completa. Este tipo de póliza es esencial para proteger tanto los vehículos como la empresa que los utiliza.
Principales coberturas:
- Asistencia al vehículo
- Daños Materiales
- Daños por riesgos de la naturaleza, sismo, granizo o por actos maliciosos, huelga y -terrorismo
- Robo, hurto o uso no autorizado
- Robo de accesorios
- Responsabilidad Civil (daño emergente, daño moral y lucro cesante)
- Daños materiales y Daños a terceros causados por la carga
- Daños materiales y Daños a terceros causados por conductor dependiente
- Defensa Penal
- Daños materiales por viaje al extranjero
- Asiento Pasajero
Entrega cobertura a vehículos como camiones, tracto camiones, buses, minibuses (siempre que se usen para transporte privado de pasajeros), remolques, semi remolques, acoplados y ramplas.
Cuenta con coberturas de daños materiales, robo, responsabilidad civil, defensa penal o asistencia a vehículos.
Principales coberturas:
- Daños materiales, robo, hurto, uso no autorizado
- Responsabilidad Civil
- Huelga y terrorismo
- Riesgos de la Naturaleza
- Daños a terceros causados por la carga
Este seguro cubre los daños físicos de la maquinaria y asume la responsabilidad civil por daños corporales y/o materiales causados a terceros por el equipo asegurado hasta el monto asegurado.
Principales Coberturas
- Trabajos en riberas, lechos o cauces donde corran aguas y a orillas de lagos.
- Trabajos en muelles o equipos flotantes
- Huelga y motín.
- Gastos de salvamento, remoción de escombros y limpieza.
- Gastos extras por trabajos efectuados fuera de horario normal y por transportes expresos
- Responsabilidad civil
- Daños materiales a consecuencia de sismo
- Gastos de flete aéreo
- Actos maliciosos
- Materia Asegurada
Todas las máquinas e instalaciones especificadas en las condiciones particulares de la póliza, llamadas en adelante materia asegurada, mientras estén trabajando o no, se encuentren en proceso de limpieza o revisión, o mientras sean trasladadas por carretera, por ferrocarril o por transbordadores lacustres, fluviales o marítimos cuando éstos sean extensiones obligadas de caminos públicos.